El crédito refaccionario es conocido como un préstamo a mediano y largo plazo que se hace con el único fin de transformar artículos o bienes de tipo industrial, ganadero o agrícola.
Estos créditos están garantizados con los mismos bienes, como las fincas, las construcciones o bienes que son adquiridos o modificados con el dinero que suministre ese crédito.
Estos créditos tienen dos características que son fundamentales. La primera es que el destino de nuestro crédito refaccionario debe ser específico, es decir, que tenemos que demostrar a la entidad financiera cuál es nuestro propósito para préstamo, o sea, en qué se va a usar el dinero. Y la segunda característica es la garantía; el producto de la inversión del crédito funciona a manera de garantía del mismo.
Por lo tanto el bien que hayamos modificado o adquirido respaldará el préstamo que haga la entidad financiera.
¿Quién puede pedir un crédito refaccionario?
El crédito refaccionario suele ser solicitado por empresas que tienen adeudos o responsabilidades fiscales. También puede solicitarse para pagar deudas por concepto de gastos de explotación, por la compra de bienes inmuebles y por maquinaria, pero siempre con la condición que estos gastos no sean superiores al año de antigüedad.
Además, suelen establecerse a mediano y largo plazo para empresas productivas ya que son cantidades altas de dinero; generalmente las empresas necesitan un período de tiempo considerable para poder obtener dividendos de la maquinaría que adquirieron, de los inmuebles o de las mejoras hechas. Recordemos que es muy posible que la entidad bancaria financie hasta el 70% de nuestra inversión y el plan de pagos se establece de acuerdo a la capacidad de pago que tengamos como propietarios de una empresa.
Entonces, el contrato refaccionario se define como el contrato típico donde nosotros quedamos obligados a invertir el importe del crédito que pidamos, precisamente, en la adquisición de apeos, útiles de labranza, instrumentos, abonos, ganados o animales. También en la realización de plantaciones o cultivos cíclicos y permanentes como en la apertura de tierras para el cultivo, en la compra o en la instalación de maquinaria.
También podremos pactar en el contrato de crédito refaccionario, que parte del importe de nuestro crédito se destine a cubrir las responsabilidades fiscales que pesen sobre nuestra empresa o sobre los bienes que usemos con motivo de la misma.
El importe de la refacción se aplicará a la adquisición de maquinaria, a equipos adicionales para renovar o reponer y, en algunos casos, para poder ampliar o mejorar las instalaciones de nuestra; este crédito se destina a la adquisición de bienes que no van a ser transformados sino que van a transformar otras materias en productos determinados.
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